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El próximo viernes 31 de marzo vence el plazo para presentar la documentación de deudas por el Convenio de Corresponsabilidad Gremial y adherirse a la moratoria.

Les recordamos a todos los productores viñateros que registren deudas correspondiente a los años 2012, 2013, 2014 y 2015 podrán acogerse a la moratoria de AFIP, pagando 5% al contado y con un plan de pago de hasta 60 cuotas con un interés del 1,5% mensual.

En el caso de los productores en emergencia agropecuaria, el plazo se extiende a 90 cuotas, con una tasa de interés del 1% mensual, o bien en un solo pago, con una quita del 15%, según detalló el Subsecretario de Agricultura, Alfredo Aciar.

PARA GENERAR UN PLAN DE PAGO DEBE SEGUIR LOS SIGUIENTES PASOS:

(recomendamos realizarlo con el asesoramiento de un Contador)

Para adherir al régimen y a los fines de obtener los beneficios de condonación y/o exención establecidos, se deberá:

  1. a) Constituir y mantener el “Domicilio Fiscal Electrónico”. Para visualizar los pasos acceda aquí.
  2. b) Ingresar con clave fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”, a los fines incorporar las obligaciones adeudadas para su regularización, accediendo a la opción “Regularización Excepcional – Ley N° 27.260”. Las deudas están publicadas en EVENTANILLA (página AFIP) o consultar la página del INV (https://pinot.inv.gov.ar/corresponsabilidad/convenio.php ). En la página del INV se visualiza los capitales que se deben cargar en el plan de pago, tener en cuenta que los vencimientos son 31/12 de cada periodo.

DESINMOVILIZACIÓN DE LOS VINOS. Posterior al 31/03/2017 la AFIP avisara al INV los contribuyentes que han presentado, aceptado y formalizado el plan de pago para liberar los productos inmovilizados. Aquellos que no se adhieran a la moratoria seguirán con los volúmenes inmovilizados.


Cualquier consulta o dudas al respecto, comunicarse con Juan Manuel Godoy al 261 5 01 16 13.

 


AFIP PONE A DISPOSICIÓN “LA MORATORIA” PARA REGULARIZAR DEUDA MOROSA DE TARIFA SUSTITUTIVA EN EL MARCO DEL CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL VITIVINICOLA

Desde el 21 de Marzo de 2017 los productores pueden ingresar su deuda de tarifa sustitutiva a la moratoria de la Ley 27.260 Libro II Título II. La secuencia a seguir es:

– Mis facilidades.

– Validación de deuda

– Carga manual de deuda: “Agregar Obligación”

– Ingresar códigos de ICS: 790-789-019 para Mendoza

– IDENTIFICAR Ciclo y Fecha de Vencimiento, (Pueden incluir los Ciclos 2012 al 2015)

– CARGAR LA DEUDA MOROSA que debe y puede cargarse.

– CONTINUAR armando el Plan de Regularización a través de la pestaña “Nueva Presentación”.

● El plan por tarifa sustitutiva no debe contener otro impuesto.

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